Pregunta 89

Policía Local - 2022 - Policía Local - Rivas-Vaciamadrid

La creación de un cuerpo de Policía Local, en una población menor de 5.000 habitantes, según lo dispuesto en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, requerirá:

  • A.Informe preceptivo de la Consejería competente en materia de coordinación policial.Respuesta correcta
  • B.Informe no vinculante de la Consejería competente en materia de coordinación policial.
  • C.No es necesario informe de la Consejería competente en materia de coordinación policial, dado que es una competencia exclusiva del Ayuntamiento.

Explicación

La respuesta correcta es A. Crear un Cuerpo de Policía Local en municipios menores de 5.000 habitantes requiere informe preceptivo (obligatorio, aunque no vinculante) de la Consejería competente en materia de coordinación policial, según la Ley 1/2018 madrileña.