La inspección técnica de vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria automotriz, cuya velocidad por construcción es inferior a 25 km/h., deberá efectuarse con la siguiente frecuencia:
- A.Hasta 4 años exento; de 4 a 10 años, bienal; de más de 10 años, anual.
- B.Hasta 4 años exento; de 4 a 6 años, bienal; de más de 6 años, anual.
- C.Estos vehículos se encuentran exentos de efectuar inspección técnica periódica alguna.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Los vehículos especiales de obras con velocidad inferior a 25 km/h están exentos de inspección técnica periódica según el RD 920/2017.