Según lo dispuesto en el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, defina como instrumento de la "Planificación" como:
- A.Análisis de las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como de los perfiles profesionales o niveles de cualificación de los mismos.Respuesta correcta
- B.Previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo.
- C.Las dos son correctas.
Explicación
La respuesta correcta es A. La planificación de recursos humanos como instrumento es el análisis de disponibilidades y necesidades de personal desde la perspectiva de efectivos y cualificaciones según TREBEP art. 69.