Conforme a lo señalado en la Instrucción 2/2011 dictada por la Fiscalía General del Estado, se enmarcarán en la categoría de delitos en los que el objeto de la actividad delictiva son los propios sistemas informáticos o las TICs:
- A.Los delitos contra las emisiones de radiodifusión e interacciones previstas y penados en el artículo 286 del Código Penal.
- B.Los delitos de estafa previstos y penados en el artículo 248.2 a) y c) del Código Penal, siempre que, en los supuestos a.) y c) se utilicen las TICs para llevar a efecto la transferencia o la operación de cualquier tipo en perjuicio de otro.
- C.Delitos de falsificación documental de los artículos 390 y ss del Código Penal, pero solo cuando la falsificación afecte a soportes informáticos y concurran otras circunstancias tales como la determinación en la actividad delictiva y generara especial complejidad técnica en la investigación criminal.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Los delitos informáticos contra los propios sistemas o las TICs incluyen falsificación documental con características de complejidad técnica según Instrucción 2/2011 de la Fiscalía.