Las unidades orgánicas de policía judicial según establece el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo de fuerzas y cuerpos de seguridad podrán adscribirse a:
- A.Determinados Tribunales asignados por el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio Fiscal.
- B.Determinados Juzgados y Tribunales, oído el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
- C.Al Ministerio Fiscal, oído el Fiscal General del Estado.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 30 de la Ley Orgánica 2/1986 regula que las unidades orgánicas de policía judicial podrán adscribirse a los Juzgados y Tribunales que correspondan, oído el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio Fiscal. El Consejo General del Poder Judicial no es quien realiza la adscripción, sino quien debe ser consultado.