Pregunta 80

Policía Local - 2022 - Policía Local - Madrid

En los supuestos recogidos en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana; cuando no fuera posible la identificación por cualquier medio, o si la persona se negare a identificarse, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir que les acompañen a las dependencias policiales a los efectos de identificación por el tiempo estrictamente necesario y que, en ningún caso, podrá superar:

  • A.12 horas.
  • B.6 horas.Respuesta correcta
  • C.3 horas.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 16.2 de la LO 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece que las diligencias de identificación en dependencias policiales no pueden exceder seis horas.