Los Cuerpos de policía local deberán orientar su organización, en orden a determinar las categorías y puestos de mando que integran las correspondientes plantillas, de acuerdo a criterios mínimos que establece el artículo 14 del Reglamento Marco de Organización de los Policías Locales de la Comunidad de Madrid, entre los que se encuentra:
- A.Por cada 4 Oficiales, 1 Subinspector o Subinspectora.
- B.Por cada 8 Policías, 1 Oficial en las plantillas con más de 100 efectivos.Respuesta correcta
- C.A partir de la categoría de Inspector o Inspectora, el número mínimo de plazas por categoría inmediata inferior será tres.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 14 del Reglamento Marco establece criterios mínimos de organización. En cuerpos con más de 100 efectivos, la ratio mínima es 1 Oficial por cada 8 Policías para garantizar supervisión adecuada.