El artículo 12 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, establece que es competencia de la Junta Municipal de Distrito:
- A.Efectuar el control y seguimiento de los órganos de gobierno del distrito sin perjuicio del superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al Pleno del Ayuntamiento.Respuesta correcta
- B.La formulación de propuestas de disposiciones, acuerdos y convenios respecto de materias de su ámbito de funciones.
- C.Fijar los objetivos del distrito y de su competencia, aprobar los planes de actuación del mismo y asignar los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo con las normas presupuestarias correspondientes.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 12 del Reglamento Orgánico 6/2021 atribuye a la Junta Municipal de Distrito la función de control y seguimiento de los órganos de gobierno del distrito, como órgano de participación ciudadana y supervisión de la gestión descentralizada.