La reformatio in peius, en materia de recursos:
- A.Se admite como regla general.
- B.Solo se permite en materia sancionadora.
- C.Se admite cuando el recurso está claramente infundado.
- D.Está expresamente prohibida.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La reformatio in peius está expresamente prohibida en Derecho Administrativo: el órgano que resuelve un recurso no puede empeorar la situación del recurrente.