Pregunta 38

Policía Local - 2022 - Policía Local - La Laguna

Según el artículo 133 del Reglamento General de Circulación, el orden de prioridad de señales sería:

  • A.Señales y órdenes de los agentes de circulación, señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía, señales de balizamiento fijo, semáforos, señales verticales de circulación y marcas viales.Respuesta correcta
  • B.Señales y órdenes de los agentes de circulación, señales de balizamiento fijo, señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía, marcas viales y señales verticales de circulación.
  • C.Señales y órdenes de los agentes de circulación, señales verticales de circulación, marcas viales, señales de balizamiento fijo, señalización circunstancial que modifique el régimen normal de utilización de la vía.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 133 del Reglamento General de Circulación establece el orden de prioridad: órdenes de agentes > señalización circunstancial > semáforos > señales verticales > marcas viales. La opción A incluye correctamente 'señales de balizamiento fijo' en su orden jerárquico.