Según el dictado del Código Penal ¿Con qué pena serán castigados los que perturben gravemente el orden en la audiencia de un tribunal o juzgado, en los actos públicos propios de cualquier autoridad o corporación, en colegio electoral, oficina o establecimiento público, centro docente o con motivo de la celebración de espectáculos deportivos o culturales?
- A.Con la pena de prisión de seis meses a un año. En estos casos se podrá imponer también la pena de privación de acudir a los lugares, eventos o espectáculos de la misma naturaleza por un tiempo superior hasta tres años a la pena de prisión impuesta.
- B.Con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses. En estos casos se podrá imponer también la pena de privación de acudir a los lugares, eventos o espectáculos de la misma naturaleza por un tiempo superior hasta tres años a la pena de prisión impuesta.
- C.Con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses. En estos casos se podrá imponer también la pena de privación de acudir a los lugares, eventos o espectáculos de la misma naturaleza por un tiempo superior hasta tres años a la pena de prisión impuesta.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 558 del Código Penal castiga con prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses a quien perturbe gravemente el orden en actos públicos, tribunales, colegios electorales o espectáculos.