Según el artículo 137.2 de la Ley de Impulso para la sostenibilidad del Territorio de Andalucía, no requieren previa licencia:
- A.Las obras, construcciones, edificaciones, instalaciones, infraestructuras y uso del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo.
- B.Las divisiones, segregaciones y parcelaciones urbanísticas, incluidas las distintas fórmulas de propiedad horizontal reguladas en la legislación en la materia.Respuesta correcta
- C.Las demoliciones, segregaciones y parcelaciones urbanísticas, contenidas en proyectos de reparcelación.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 137.2 de la Ley 7/2021 (LISTA) establece que no requieren previa licencia las divisiones, segregaciones y parcelaciones urbanísticas contenidas en proyectos de reparcelación, siendo excepciones al requisito general de licencia.