Los municipios podrán crear cuerpos de policía propios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas y cuerpos de Seguridad, en la Ley de Bases de Régimen Local y en la legislación autonómica.
- A.Verdadero.Respuesta correcta
- B.Falso.
- C.Solo en ocasiones y dependiendo de la autorización de la Comunidad Autónoma.
Explicación
La respuesta correcta es A. Es verdadero que los Municipios pueden crear Cuerpos de Policía propios según los términos de la LOFCS, LRBRL y legislación autonómica, siendo esta una potestad reconocida a las administraciones locales.