Según lo establecido en el artículo 74 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, las infracciones turísticas graves prescribirán:
- A.A los 6 meses.
- B.Al año.
- C.A los dos años.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 74 de la Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo de Canarias establece que las infracciones turísticas graves prescriben a los dos años.