De acuerdo con el principio acusatorio, detallado en la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, ¿Podrá el Juez de Menores imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular?
- A.No, nunca podrá imponer una medida más restrictiva a la solicitada por el Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
- B.Sí, en algunos casos podrá imponer una medida más restrictiva adicionalmente razonada y justificada.
- C.Sí, en casos de especial gravedad y gran repercusión mediática.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2000 sobre responsabilidad penal de menores establece el principio acusatorio: el Juez NO puede imponer una medida más restrictiva ni por mayor tiempo que lo solicitado por Fiscal o acusador.