Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer, entre otras, las siguientes funciones:
- A.La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
- B.Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
- C.Las dos opciones anteriores.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Ambas opciones son correctas. El artículo 53.1 de la LO 2/1986 enumera entre las funciones de Policía Local: prestar auxilio en accidentes o catástrofes, y vigilar espacios públicos colaborando con otras fuerzas en manifestaciones y concentraciones.