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Pregunta 109

Policía Local - 2022 - Policía Local - Colmenar Viejo

Se prohíbe el tránsito por los caminos públicos de vehículos que por sus características puedan producir un perjuicio al Medio Ambiente (motos de trial o de motocross, quads deportivos, etc.). Los vehículos autorizados deberán circular desplazados por los caminos y rodadas ya existentes y siempre a una velocidad lo suficientemente reducida para no dañarlos evitando que el pastizal y la vegetación que pudiera existir en las vías se destruya y nunca por encima de:

  • A.40 km/h.
  • B.30 km/h.Respuesta correcta
  • C.40 km/h.

Explicación

La respuesta correcta es B. Los vehículos autorizados en caminos públicos nunca pueden circular por encima de 30 km/h para evitar dañar caminos y vegetación. El hecho de que dos opciones digan 40 km/h indica que B es correcta.