Pregunta 109

Policía Local - 2022 - Policía Local - Colmenar Viejo

Se prohíbe el tránsito por los caminos públicos de vehículos que por sus características puedan producir un perjuicio claro al Medio Ambiente (motos de trial y de motocross, quads deportivos, etc.). Los vehículos autorizados deberán desplazarse por los caminos y rodadas ya existentes y siempre a una velocidad lo suficientemente reducida para no dañarlos evitando que el pastizal y la vegetación que pudiere existir en las vías se destruya y nunca por encima de:

  • A.20 km/hRespuesta correcta
  • B.30 km/h.
  • C.40 km/h.

Explicación

La respuesta es A: 20 km/h. Las ordenanzas que regulan el tránsito por caminos naturales prohíben vehículos de alto impacto ambiental (motos trial, quads) y limitan a 20 km/h los autorizados para evitar erosión del terreno y daño a la vegetación. Velocidades mayores (30 o 40 km/h) permitirían deterioro del suelo incluso circulando por el camino.