Según el artículo 25 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, en los casos de negativa a efectuar la prueba de detección alcohólica se puede:
- A.Inmovilizar el vehículo, cuando existan razones intensas en el conductor.
- B.Inmovilizar el vehículo en todos los supuestos.
- C.Retirar el vehículo con la grúa municipal.Respuesta correcta
- D.Inmovilizar el vehículo como máximo 6 horas.
Explicación
La respuesta correcta es C. El art. 25 del RGC permite proceder a la retirada del vehículo con grúa municipal ante negativa a realizar la prueba de alcoholemia.