¿Cuál es el plazo del que dispone la administración para declarar de oficio, la nulidad de los actos que dicte?:
- A.Un año.
- B.Dos años.
- C.No existe plazo alguno.
- D.Cinco años.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El art. 106 de la Ley 39/2015 establece que la Administración puede declarar la nulidad de pleno derecho de sus actos en cualquier momento, sin plazo de prescripción.