En el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se establece como una competencia de la Administración del Estado:
- A.La aprobación de las normas básicas y mínimas para la programación de la educación vial para la movilidad segura y sostenible, en las distintas modalidades de la enseñanza, incluyendo la formación en conducción ciclista y en vehículos de movilidad personal.
- B.La coordinación de la prestación de la asistencia sanitaria en las vías públicas o de uso público.
- C.La suscripción de tratados y acuerdos internacionales relativos a la seguridad de los vehículos y de sus partes y piezas, así como dictar las disposiciones pertinentes para implantar en España la reglamentación internacional derivada de los mismos.
- D.Todas son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El art. 7 del RDLeg 6/2015 atribuye a la Administración del Estado varias competencias: educación vial, asistencia sanitaria en vías públicas y suscripción de tratados sobre seguridad de vehículos. Todas son correctas.