Conforme a la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana y de Prevención de Actuaciones Antisociales del Ayuntamiento de Alcorcón, lavarse o bañarse en fuentes, estanques, lagos o similares, tiene la consideración de:
- A.Infracción leve.
- B.Infracción grave.Respuesta correcta
- C.Infracción muy grave.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana tipifica lavarse o bañarse en fuentes públicas como infracción grave, afectando higiene y mantenimiento de espacios públicos.