Es función de las policías locales de la Comunidad de Madrid:
- A.Instruir los atestados policiales en caso de siniestros laborales, cuando el resultado sea un herido de carácter leve.
- B.Instruir los atestados policiales en caso de siniestros laborales, cuando el resultado sea un herido de carácter grave.
- C.Instruir los atestados policiales en caso de siniestros laborales, cualquiera que sea su resultado.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 11 apartado m) de la Ley 1/2018 establece como función de policías locales la instrucción de atestados en accidentes laborales, independientemente del resultado (leve, grave o mortal).