Tal y como se establece en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, se considera infracción leve:
- A.El incumplimiento del deber de sometimiento a las inspecciones periódicas de construcciones.Respuesta correcta
- B.El incumplimiento de los deberes de conservación de terrenos, urbanizaciones, edificios e instalaciones establecidos en esta ley o de acuerdo con ella.
- C.El incumplimiento de las órdenes de ejecución.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley 7/2021 de Andalucía (LISTA) tipifica como infracción leve 'el incumplimiento del deber de sometimiento a inspecciones periódicas de construcciones'. Se clasifica como leve por su menor entidad respecto a infracciones relacionadas con órdenes de ejecución o deberes de conservación.