Los planes de emergencias responden a la siguiente tipología:
- A.Planes territoriales de emergencia, planes especiales y planes específicos, planes de emergencia interior o de autoprotección y planes sectoriales.Respuesta correcta
- B.Planes territoriales de emergencia, planes especiales y planes específicos, planes de emergencia interior o de autoprotección, planes sectoriales y planes nacionales.
- C.Planes de Emergencia y Planes de Autoprotección.
Explicación
La respuesta correcta es A. Conforme a la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias de Andalucía y legislación estatal, los planes de emergencias se clasifican en planes territoriales, planes especiales y específicos, planes de autoprotección interior e instalaciones, y planes sectoriales. Esta tipología refleja la estructura del sistema.