Según la Constitución, los miembros de la Policía Local, podrán ejercer el derecho de petición
- A.Colectivamente.
- B.Individualmente.
- C.Individualmente y por escrito.
- D.Individualmente, con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Según el artículo 29.2 CE, los miembros de la Policía Local pueden ejercer el derecho de petición solo individualmente y conforme a su legislación específica.