La categoría de Intendente, según la Ley 17/2017 de 13 de diciembre, de la Generalitat, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana
- A.Corresponderá, en municipios con población entre 12.000 y 20.000 habitantes o que cuenten con una plantilla de Policía Local entre 30 y 50 personas funcionarias.
- B.Corresponderá, en municipios con población entre 12.001 y 20.000 habitantes o que cuenten con una plantilla de Policía Local entre 31 y 50 personas funcionarias.Respuesta correcta
- C.Corresponderá, en municipios con población entre 15.000 y 20.000 habitantes o que cuenten con una plantilla de Policía Local entre 31 y 50 personas funcionarias.
- D.Corresponderá, en municipios con población entre 15.001 y 20.000 habitantes o que cuenten con una plantilla de Policía Local entre 30 y 50 personas funcionarias.
Explicación
La respuesta correcta es B. Según la Ley 17/2017, la categoría de Intendente corresponde a municipios con población entre 12.001 y 20.000 habitantes, estableciendo categorías según población.