Según el artículo 162 de la C.E, ¿Quién no puede interponer recurso de inconstitucionalidad?
- A.El presidente del Gobierno.
- B.El presidente del Congreso.
- C.El defensor del pueblo.
- D.Los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Están legitimados para recurso de inconstitucionalidad: Presidente Gobierno, Defensor Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, órganos ejecutivos de CCAA. El Presidente del Congreso NO está legitimado como tal.