Según establece el artículo 75 de la ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, se considera infracción muy grave a la disciplina turística:
- A.El mal trato de palabra, obra u omisión al usuario turístico.Respuesta correcta
- B.No hacer entrega al usuario turístico de las facturas por los servicios prestados.
- C.Ninguna de las dos respuestas anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es A. Según el artículo 75 de la Ley 7/1995, es infracción muy grave el mal trato de palabra, obra u omisión al usuario turístico en Canarias.