¿La cuantía máxima que permite la pena de multa para un particular?
- A.50 euros.
- B.300 euros.
- C.400 euros.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 50.4 del Código Penal establece que la cuota máxima de la pena de multa para un particular es de 400 euros, mientras que para personas jurídicas puede ser de hasta 5.000 euros.