En atención a la preceptuado en el artículo 17.1 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, la participación ciudadana en los ayuntamientos de Canarias podrá ejercerse, entre otros, a través de los siguientes medios: (Indicar la respuesta incorrecta)
- A.La participación orgánica y funcional en juntas de distrito, de concejos de barrio y de sector, conforme a lo previsto en esta ley y en los reglamentos orgánicos.
- B.Consultas ciudadanas.
- C.Encuestas sobre el funcionamiento de los servicios y las necesidades locales.
- D.La intervención en las sesiones de la Alcaldía en la forma prevista en los reglamentos municipales y, en todo caso, en esta ley.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 17.1 de la Ley 7/2015 de municipios de Canarias establece medios de participación ciudadana en ayuntamientos. La participación se ejerce en sesiones del Pleno, no de la Alcaldía.