Según el artículo 14 de la Ordenanza Municipal reguladora del ejercicio de la Venta en el Rastro de Santa Cruz de Tenerife, en el Rastro de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, la venta, en un puesto autorizado, será ejercida, por:
- A.El Titular de la autorización, de forma intransferible.
- B.El Titular de la autorización y excepcionalmente las personas auxiliar autorizadas.Respuesta correcta
- C.El Titular de la autorización y excepcionalmente cualquier otra persona que ya sea titular de otro puesto del Rastro.
- D.Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 14 de la Ordenanza Municipal del Rastro de Santa Cruz de Tenerife establece que la venta en puesto autorizado será ejercida por el titular de la autorización o excepcionalmente por personas auxiliares autorizadas.