Contra una resolución sancionadora que pone fin a la vía administrativa de manera que la sanción se puede ejecutar desde el día siguiente a la notificación al interesado, ¿qué recurso administrativo se podrá interponer?
- A.Recurso de alzada, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación.
- B.Recurso de revisión.
- C.Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.Respuesta correcta
- D.Recurso contencioso-jurisdiccional.
Explicación
La respuesta correcta es C. Cuando una resolución sancionadora cierra la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes desde la notificación, o recurso contencioso-administrativo directo.