Pregunta 15

Policía Local - 2021 - Policía Local - Santa Cruz de Tenerife

A tenor de lo dispuesto en el artículo 379 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o de multa de seis a doce meses o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad:

  • A.A sesenta km. por hora en vía urbana o en ochenta km. por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.Respuesta correcta
  • B.A treinta km. por hora en vía urbana o en cuarenta km. por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.
  • C.A cuarenta km. por hora en vía urbana o en sesenta km. por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.
  • D.A cincuenta km. por hora en vía urbana o en setenta km. por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 379.1 del Código Penal sanciona conducir a velocidad superior en 60 km/h en zona urbana o 80 km/h en interurbana con pena de prisión de tres a seis meses o multa.