Pregunta 33

Policía Local - 2021 - Policía Local - Sanlúcar de Barrameda

¿Puede el Alcalde de Sanlúcar de Barrameda delegar la atribución de dictar bandos?

  • A.Es una competencia indelegable.Respuesta correcta
  • B.Sí, pero solo en la Junta de Gobierno Local.
  • C.Sí, pero solo en el Primer Teniente de Alcalde.
  • D.Sí, pero solo en el Pleno.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 21.3 de la LRBRL establece que dictar bandos es una atribución indelegable del Alcalde y no puede ser delegada en otro órgano.