Pregunta 30

Policía Local - 2021 - Policía Local - Sanlúcar de Barrameda

¿Cuándo se debe reunir en sesión plenaria la Comisión Bilateral Junta de Andalucía-Estado?

  • A.Al menos una vez al año.
  • B.Al menos dos veces al año y siempre que lo solicite una de las dos partes.Respuesta correcta
  • C.Al menos tres veces al año.
  • D.Al menos cuatro veces al año y siempre que lo solicite una de las dos partes.

Explicación

La respuesta correcta es B. El Estatuto de Autonomía de Andalucía (artículo 220) establece que la Comisión Bilateral se reúne en sesión plenaria al menos dos veces al año o cuando lo solicite una parte.