Las multas por infracciones muy graves de Ordenanzas Municipales no podrán exceder, salvo previsión legal distinta, de:
- A.6.000 Euros.
- B.3.000 Euros.Respuesta correcta
- C.1500 Euros.
- D.750 Euros.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 141 de la LBRL establece que las multas por infracciones muy graves de Ordenanzas Municipales no pueden exceder de 3.000 euros, salvo previsión legal distinta.