NO está regulado en el artículo 148 del CP como tipo agravado el siguiente supuesto:
- A.Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aún sin convivencia.
- B.Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud física o psíquica del lesionado.
- C.Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
- D.Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 14 del TREBEP establece los derechos individuales de los empleados públicos, incluyendo inamovilidad, desempeño efectivo y progresión en la carrera.