La celebración de manifestaciones, debe ser comunicada por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de las mismas, y con una antelación:
- A.De diez días como mínimo y treinta como máximo.Respuesta correcta
- B.De diez días como mínimo, sin plazo máximo establecido.
- C.A la mayor brevedad posible.
- D.No deben comunicarse, ya que son un derecho.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 8 de la LO 9/1983 exige comunicar la manifestación con antelación de 10 a 30 días naturales; excepcionalmente, con causas graves, con 24 horas mínimo.