En el Artículo 4. Condiciones del mobiliario y elementos auxiliares, de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas asociadas a Establecimientos de Hostelería y Restauración, en el punto 2, se nos dice que a efectos del cálculo de aforo de la terraza y según el tipo general de mesas y sillas, nos da lugar a una ocupación según el número de sillas, ¿cuál es la respuesta correcta?
- A.A efectos de cálculo del aforo total de la terraza, el tipo general de mesas y sillas de lugar a la siguiente ocupación: una mesa y cuatro sillas ocuparán 7,50m2, una mesa y tres sillas 5,00m2 y una mesa y dos sillas 3,50 m2.
- B.A efectos de cálculo del aforo total de la terraza, el tipo general de mesas y sillas de lugar a la siguiente ocupación: una mesa y cuatro sillas ocuparán 7,50m2, una mesa y tres sillas 4,50m2 y una mesa y dos sillas 2,50 m2.
- C.A efectos de cálculo del aforo total de la terraza, el tipo general de mesas y sillas de lugar a la siguiente ocupación: una mesa y cuatro sillas ocuparán 6,50m2, una mesa y tres sillas 4,50m2 y una mesa y dos sillas 2,70 m2.Respuesta correcta
- D.A efectos de cálculo del aforo total de la terraza, el tipo general de mesas y sillas de lugar a la siguiente ocupación: una mesa y cuatro sillas ocuparán 6,50m2, una mesa y tres sillas 4,50m2 y una mesa y dos sillas 2,50 m2.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 4.2 de la Ordenanza de Terrazas de Majadahonda establece: mesa con 4 sillas ocupa 6,50 m²; con 3 sillas ocupa 4,50 m²; con 2 sillas ocupa 2,70 m².