¿Cómo se practicarán las notificaciones por medios electrónicos?
- A.Mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante.
- B.A través de la dirección electrónica habilitada única.
- C.Mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo.Respuesta correcta
- D.Mediante ambos sistemas, según disponga el administrado.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 43.1 de la Ley 39/2015 establece que las notificaciones por medios electrónicos se practican mediante comparecencia en la sede electrónica o dirección electrónica habilitada, siendo cada Administración la que decide el sistema a utilizar, no el ciudadano.