El artículo 4 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, establece:
- A.El Ayuntamiento de Madrid ajustará sus relaciones con las demás Administraciones Públicas a los principios de información, cooperación, coordinación y respeto a los ámbitos.
- B.Procederá la coordinación de las competencias del Ayuntamiento de Madrid con las demás entidades locales y, especialmente, con las de las restantes Administraciones Públicas, cuando las actividades o servicios locales trasciendan el interés propio del municipio de Madrid, incidan o condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o complementarios de los de éstas.Respuesta correcta
- C.Las funciones de cooperación no afectarán en ningún caso a la autonomía del municipio de Madrid.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 4 del ROGAM establece que la coordinación entre administraciones procede cuando las actividades locales trasciendan el interés propio del municipio o sean concurrentes con otras administraciones.