Según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los Jueces y Tribunales que tengan competencia para conocer de una causa determinada:
- A.La tendrán también para todas sus incidencias, para llevar a efecto las providencias de tramitación y para la ejecución de las sentencias.Respuesta correcta
- B.La tendrán también para todas sus incidencias y para llevar a efecto las providencias de tramitación, no siendo competentes para la ejecución de las sentencias.
- C.La tendrán también para todas sus incidencias, para llevar a efecto las providencias de tramitación, para la ejecución de las sentencias y para la posterior impugnación.
Explicación
La respuesta correcta es A. El art. 9 de la LECrim establece la vis attractiva: el juez competente para conocer la causa lo es también para incidencias, tramitación, providencias y ejecución de sentencias.