Los titulares de las licencias de funcionamiento vigentes, que amparen la explotación de locales y establecimientos regulados en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones deberán solicitar del órgano competente de la Comunidad de Madrid el número identificativo del local o establecimiento: indique la respuesta correcta
- A.En el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor del Decreto.Respuesta correcta
- B.En el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor del Decreto.
- C.Se solicita de forma previa a la apertura del establecimiento.
Explicación
La respuesta correcta es A. El Decreto 184/1998 establece que titulares de licencias vigentes solicitaban el número identificativo del local en plazo de dos años desde la entrada en vigor del Decreto.