De acuerdo con el principio acusatorio, detallado en la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, ¿Podrá el Juez de Menores imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular?
- A.No, nunca podrá imponer una medida más restrictiva a la solicitada por el Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
- B.Si, en algunos casos podrá imponer una medida más restrictiva debidamente razonada y justificada.
- C.Si, en casos de especial gravedad y gran repercusión mediática.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2000 sobre responsabilidad penal de menores consagra el principio acusatorio: el Juez no puede imponer medida más restrictiva que la solicitada por Fiscalía o acusador.