La incapacidad temporal de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de la Región de Murcia, cuando tenga una duración superior a dos meses, podrá suponer la retirada del arma reglamentaria:
- A.En todo caso.
- B.Cuando así lo acuerde la Alcaldía.Respuesta correcta
- C.Cuando así lo disponga la Jefatura del Cuerpo.
Explicación
La respuesta correcta es B. Conforme a la Ley 6/2019 de Coordinación de Policías Locales de Murcia, la incapacidad temporal superior a dos meses puede ocasionar la retirada del arma reglamentaria, pero esta decisión no es automática sino que requiere acuerdo previo de la Alcaldía.