Con carácter general, y según lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local, el Pleno se constituye válidamente con la asistencia de:
- A.La mitad del número de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a cinco.
- B.Un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a tres.Respuesta correcta
- C.Un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a cinco.
Explicación
La respuesta correcta es B. Según la LRBRL, el Pleno se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del número legal de miembros, nunca inferior a tres concejales. Este quórum es el requisito mínimo de presencia para que los acuerdos alcanzados en el Pleno sean válidos y vinculantes para el municipio.