¿Cualquier persona natural puede interponer un recurso de amparo?
- A.Si.
- B.No, es necesario que sea español.
- C.No, es necesario que invoque un interés legítimo.Respuesta correcta
- D.No, es necesario que sea español e invoque un interés legítimo.
Explicación
La respuesta correcta es C. El recurso de amparo constitucional puede interponerlo cualquier persona que acredite un interés legítimo, ya sea persona física o jurídica. No es necesario ser ciudadano español, pero sí debe existir una afectación directa de un derecho o libertad fundamental reconocido en la Constitución.