Se prohíbe el estacionamiento en los lugares y casos en que esté prohibida la parada y además en los siguientes casos y lugares (art. 61 Ord Circ.):
- A.En un mismo lugar de la vía pública durante más de seis días naturales consecutivos.
- B.A una distancia inferior a 3 metros a cada lado de las paradas de autobuses señalizadas, salvo señalización en contrario.Respuesta correcta
- C.A una distancia inferior a 5 metros a cada lado de las paradas de autobuses señalizadas, salvo señalización en contrario.
- D.En los lugares reservados para carga y descarga.
Explicación
de la Ordenanza de Circulación de Torrent, se prohíbe el estacionamiento a una distancia inferior a 3 metros a cada lado de las paradas de autobuses señalizadas, salvo señalización en contrario.