Los alcaldes podrán imponer las sanciones y adoptar las medidas previstas en esta Ley cuando las infracciones se cometieran en espacios públicos municipales o afecten a bienes de titularidad local, siempre que ostenten competencia sobre la materia de acuerdo con la legislación específica, según el artículo:
- A.32.1 de Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
- B.51.1 de Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.Respuesta correcta
- C.32.3 de Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
- D.51.3 de Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Explicación
de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Sin embargo, el artículo 32.3 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece literalmente que «los alcaldes podrán imponer las sanciones y.