Elija la respuesta correcta: De conformidad con la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León, ¿cuándo puede un policía local acordar el desalojo de un establecimiento público?
- A.En todo caso, cuando el establecimiento carezca de la preceptiva licencia o autorización.
- B.Cuando exista un grave riesgo en las personas o bienes, y con el fin de garantizar la protección provisional de los intereses implicados, en los supuestos tasados en dicha Ley.Respuesta correcta
- C.En todo caso, cuando exista un grave riesgo en las personas o bienes, y con el fin de garantizar la protección provisional de los intereses implicados.
- D.En todo caso, cuando carezca de los preceptivos seguros.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley 7/2006 de Castilla y León permite desalojo de establecimientos solo ante grave riesgo en las personas o bienes. La medida es excepcional y tasada por la ley. No procede 'en todo caso', sino bajo supuestos legales específicos. La facultad de desalojo requiere causa grave justificada.